Para acceder al servicio eléctrico, toda instalación deberá contar con un CERTIFICADO DE INSTALACIÓN ELÉCTRICA APT, el mismo deberá ser expedido por un electricista habilitado al usuario.

En qué casos se debera presentar ??
💡 Ante el pedido de conexión
💡 Instalaciones existentes: anteriores a la entrada de vigencia de la ley que sean objeto de reanudación del servicio.
💡Ante la reanudación del servicio, cuando ocurra luego de los dos años de una certificación previa
💡 Que por su estado impliquen evidente riesgo
💡Que sean objeto de modificaciones o ampliaciones
(Entre otros casos)

MUY IMPORTANTE!
Quien es propietario debe efectuar las respectivas obras segun dicha ley para entregar a Locatario/a un inmueble apto para el destino sea vivienda o comercio.

Si querés comprar, vender, tasar
Comunicate 3512914719 - 351263663.

Inmo Flamá